Por: María Paula Ferrer (abogada U. Rosario -Legal Tech Col®)
Hoy en día es común la creencia errónea entre empresarios y emprendedores de que el registro mercantil tiene los mismos efectos jurídicos que el registro de marca.
El registro de marca se constituye en un trámite, a través del cual, se le concede a un empresario o emprendedor el derecho de exclusividad sobre un signo que sirve para distinguir productos o servicios en el mercado. Por otro lado, y con efectos completamente distintos, el registro mercantil es una obligación de todos los comerciantes que consiste en la matrícula de los comerciantes y sus establecimientos de comercio ante las cámaras de comercio de su correspondiente ciudad.
El registro de marca se obtiene en la Superintendencia de Industria y Comercio, mientras que, como ya mencionamos, el registro mercantil en Colombia se inscribe ante la Cámara de Comercio del domicilio respectivo de cada comerciante.
El registro marcario es un trámite potestativo de cada empresario que esté interesado en proteger su marca, como activo principal de su empresa, de terceros y obtener los derechos exclusivos de ella, mientras que, el registro mercantil es un trámite obligatorio para todos los comerciantes.
El registro de marca recae sobre palabras, imágenes, figuras, símbolos, gráficos, logotipos, monogramas, retratos, etiquetas u otros signos que sirven para identificar productos o servicios y, por ley, no deben existir marcas idénticas o similares para amparar productos o servicios idénticos o conexos, ya que se generaría riesgo de confusión en el mercado. Por otro lado, al efectuar el registro mercantil de una persona jurídica es obligatorio asignarle un nombre, razón o denominación social, que no debe ser idéntico al de otra empresa previamente registrada; dicho nombre es un atributo de la personalidad jurídica, sin embargo, cómo no tiene el uso exclusivo de éste nombre fácilmente se encuentran en Colombia empresas con igual o muy similar razón social. (Aquí la importancia del registro de marca para proteger nombre e imagen).
A través del registro de marca el Estado le otorga la exclusividad o el monopolio de un signo a un empresario o emprendedor. En cambio, el registro mercantil de empresas o establecimientos de comercio no otorga derechos de exclusiva en cuanto al uso de una expresión.
Puedes saber más sobre el registro de marca en: https://www.legaltechcol.com/registro-de-marca
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